La Dirección de Bromatología y Zoonosis recuerda que el control bromatológico de las Unidades de Transporte de Alimentos (UTA) es de carácter obligatorio, conforme a la Ley 18.284 y la Ordenanza Municipal 1183/80.
Este control aplica al transporte de alimentos de origen animal y vegetal, refrigerados, envasados, bebidas, entre otros. Tanto el transportista como quien recibe la mercadería son responsables de resguardar la documentación correspondiente que acredite el control sanitario.
La fiscalización garantiza que los alimentos y materias primas lleguen en condiciones seguras para su consumo, evitando pérdidas económicas y protegiendo la salud de los consumidores.
📍 Lugar de fiscalización: Ruta Nacional 3, Km 496
📞 Teléfono: 2983-465078
🕒 Horario:
- Lunes a viernes: 5:00 a 19:00 hs
- Sábados: 7:00 a 12:00 hs (nuevo horario)