“Las entidades financieras deberán abrir sus casas operativas los días 4 y 5 de abril de 2020 para la atención de clientes que sean beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o de aquellos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o beneficiarios de prestaciones, planes o programas de ayuda abonados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) u otro ente administrador de pagos, durante la jornada habitual de atención al público, según la jurisdicción de que se trate.”
Saludamos a Uds. atentamente.

