SE INFRACCIONA FIESTA PRIVADA EN DE LA GARMA

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A raíz de haber tomado conocimiento de la realización de una fiesta privada denominada “PETHOL FEST”, ejecutada el día 01/01/2020 en esa ciudad la Policía del Destacamento instruye de oficio Actuaciones por “INFRACCION A LA ORDENANZA MUNICIPAL 3358/18”, con intervención del Juzgado de Faltas Municipal de Adolfo Gonzales Chaves, a cargo del Sr. Juez de Faltas Dr. Rubén Pellegrini e “INFRACCION A LA LEY 14.050, ART 9 E INFRACCION A LA LEY 11.825, ART 1”, con intervención del Juzgado de Paz Letrado de A. G. Chaves, a cargo de la Sra. Jueza de Paz Letrada Dra. María Silvina Giancaterino. Respecto a la identidad de los infracciones, trascendió que se tratan de tres vecinos mayores de edad de la localidad garmense, identificados como Laureano Polo (Titular dominal del inmueble), Jonatan Polo y Héctor Del Carmen Salinas, siendo estos últimos dos, los organizadores del evento.  Al predio asistieron más de 90 personas, de las cuales se pudo constatar el expendio de bebidas alcohólicas, equipos musicales, juegos de luces, y concurrencia simultanea de mayores y menores de edad.  Se tomó conocimiento también, que a raíz de la realización de dicho evento, ingreso una persona, menor de edad, a la Sala de Primeros Auxilio de esa localidad, en un estado de intoxicación alcohólica avanzada,  De esta manera, y desde el Destacamento Policial, se aconseja a los padres y en especial a los adolescentes, que son los que generalmente asisten a este tipo de evento, sobre los riesgos de esta actividad sin control, sin medidas mínimas de seguridad interna ni planes de evacuación, dejando en claro que el propósito es velar por la integridad física de todos para evitar consecuencias lamentables. Refiriendo el Encargado del Destacamento que: “Se trata de prevenir, y no de esperar a que pase un suceso lamentable para comenzar actuar. Cada evento y fiesta a realizarse en la localidad debe estar correctamente realizada con su debida anticipación y cumpliendo con los requisitos mínimos de seguridad exigibles”.  

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