Certificado de habilitación pertinente para los natatorios

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Certificado de habilitación pertinente  para los natatorios

       La Subdirección de Industria y Comercio recuerda a los titulares de los natatorios que previo al inicio de actividades deberán obtener el Certificado de habilitación pertinente.

          A continuación se detallan  los requisitos a cumplimentar para la habilitación de los mismos:

·         Aprobación de la inspección practicada por la División de Obras Particulares de la secretaría de Obras y Servicios Públicos.

·         Aprobación del Departamento de Higiene y Bromatología.

·         Plano de electricidad actualizado  e informe técnico firmado por instalador electricista matriculado en la División de Electrotécnica de la S.O.S.P.

·         Presencia permanente de guardavidas o profesor de educación física con cursos de primeros auxilios y  de resucitacción.

·         Control a cargo de un profesional de la salud  para el ingreso al natatorio

·         Elementos para garantizar la vía aérea : máscara, ambú y  tubo de oxígeno

·         Seguro por accidente.

·         Exhibición de número telefónico de emergencias médicas y línea telefónica disponible  en forma permanente para estos casos.

·         Cumplimentar requisitos exigidos en el Art. 84 de la Ordenanza Fiscal vigente.

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